Rodrigo Chaves anuncia posible referendo sobre venta del BCR y jornadas 4/3



El presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, advirtió este jueves la posibilidad de impulsar un referendo sobre varias proyectos de ley, entre ellos la venta del Banco de Costa Rica (BCR) y el plan de jornadas laborales 4-3. Sin embargo, dijo que la decisión se podría revertir si los diputados se comprometen con su agenda.

Así lo dijo durante su segundo informe de labores ante la Asamblea Legislativa. En un inicio, dijo que tenía la intención de promover la consulta y que la decisión ya estaba tomada.

Luego, acotó que “solo los ríos y los tontos no se devuelven” y que el proceso se podría revertir “si ustedes (diputados) están dispuestos a comprometerse, de una manera creíble, a una agenda legislativa país y ya no más partidista”.

Según el mandatario, en los próximos “días o semanas”, presentaría la ruta exacta del referendo, en caso de que las conversaciones con el nuevo Directorio legislativo no prosperen como él espera.

Chaves no fue preciso en cuanto a las iniciativas que serían sometidas a consulta de la ciudadanía. Si bien mencionó un total de nueve, que ya se encuentran presentadas en la Asamblea Legislativa, dejó abierta la posibilidad de que estas no se incluyan o de que se sumen otras.

Los proyectos que citó son los siguientes:

-La venta del BCR

-Flexibilización de jornadas laborales, también conocido como jornadas 4/3

-Armonización del mercado eléctrico

-La eliminación de órganos desconcentrados del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (Mopt), así como la reforma a los órganos desconcentrados del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) y del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG)

-La reforma de la Ley de Contratación Pública para que el gobierno pueda contratar al Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) el desarrollo de Ciudad Gobierno, sin necesidad de concurso público

*Una “interpretación” para que la Junta de Administración Portuaria y Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (Japdeva) pueda llevar a cabo una alianza-público privada para construir una terminal de cruceros y una marina en Limón

-Eliminación de tarifas mínimas de colegios profesionales

Si bien Chaves dijo que usaría la consulta popular para acelerar su agenda de proyectos, lo cierto es que la Ley sobre Regulación del Referéndum establece una serie de filtros y plazos que deben ser cumplidos, previamente.

En primer lugar, se debe determinar que los asuntos propuestos no caigan en alguna de las materias que no pueden someterse a referendo: temas presupuestarios, tributarios, fiscales, monetarios, crediticios, de pensiones, seguridad, aprobación de empréstitos y contratos, ni actos de naturaleza administrativa.

Igualmente, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) tiene la potestad de consultar la constitucionalidad de los textos a la Sala IV, previo a la convocatoria de consulta.

En el caso de la reforma a la Ley de Contratación Pública que Chaves impulsa para encargar Ciudad Gobierno al BCIE sin concurso, la Contraloría General de la República (CGR) ha advertido de que el texto podría ser inconstitucional, porque permitiría contratar obras públicas a dedo, sin acatar los controles legales y constitucionales vigentes.

La CGR también denunció que el proyecto abriría la puerta para otorgar a terceros derecho de uso de bienes públicos sin límite de plazo violando los principios de proporcionalidad y razonabilidad.

En el caso de la marina y la terminal de cruceros de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (Japdeva), lo que la Contraloría ha dicho es que, si la obra se va a desarrollar mediante una alianza público-privada, debe acatarse lo dispuesto en la ley.

Ello implica respetar los principios de concurso público, sin caer en una selección de contratistas específicos irregular.

El carácter vinculante del referéndum depende del porcentaje de participación que logre la consulta.

Para aquellos temas considerados como legislación ordinaria, que en el Congreso se aprueban con solo 29 votos, será necesaria una participación del 30% del padrón electoral.

Pero si se trata de asuntos que requieren de una mayoría calificada de los diputados, 38 sufragios, se requerirá la asistencia del 40%. En el caso de la venta del BCR, el departamento de Servicios Técnicos del Congreso indicó, respecto al texto anterior, que la mayoría calificada sería necesaria para aprobar el proyecto de ley.

La normativa también establece que solo puede efectuarse un referéndum por año; no obstante, el TSE está habilitado para acumular distintas consultas en un solo acto comicial.

En cuanto a los límites para que se pueda celebrar el referendo, la ley establece que no se pueden realizar consultas seis meses antes de la elección presidencial, o posteriores.

En la resolución 3006-E9-2013, del 25 de junio del 2023, el TSE aclaró que esta disposición incluye que no puede celebrarse un referéndum dentro de los seis meses previos a las votaciones presidenciales.

La convocatoria tendría que hacerse antes de mayo del 2025, para que no choque con los comicios de febrero del 2026. A la prohibición de los seis meses se le deben sumar otros tres, que es el plazo dado para celebrar la votación, una vez que se oficialice el llamado.

La opinión de los magistrados fue emitida en relación con una propuesta de referendo impulsada por el exdiputado Walter Muñoz, para modificar la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS).

En ese criterio, los jueces electorales señalaron que, al considerar el límite de los seis meses y que el país celebraría elecciones el 2 de febrero del 2014, el último día para efectuar el referéndum del proyecto de ley era el 1.° de agosto de 2013.

En el caso de la venta del BCR y las jornadas 4/3, los textos que actualmente se encuentran en discusión se presentaron hace poco tiempo, luego de que las versiones anteriores no prosperaron.

En el plenario del Congreso, ya se encuentra la propuesta de armonización del mercado eléctrico, que plantea abrir esta actividad en el país, actualmente manejada por el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE).

Igualmente, hacen fila en el plenario las reformas del Mopt, del Minae y del MAG.

Chaves alegó que los diputados han hecho una “enorme obstrucción” de las propuestas del Poder Ejecutivo. Puso como ejemplo el proyecto del Minae.

El gobierno sostiene que el plan mejoraría la gobernanza del Minae al otorgar más poderes al ministro, pero Liberación Nacional (PLN) y el Frente Amplio (FA), así como grupos ecologistas, consideran que, más bien, desencadenaría un retroceso en materia ambiental. Por eso, diputados de estos partidos decidieron bloquear la iniciativa con más de 400 mociones.

El plan eliminaría la figura jurídica de desconcentración máxima que hoy tienen la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena), el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) y la Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad (Conagebio).

Con ese cambio, por ejemplo, la Setena conservaría la facultad de emitir resoluciones y revocarlas, pero los desarrolladores de proyectos constructivos podrán presentar recursos de apelación ante el ministro, quien agotará la vía administrativa.

Chaves dijo que, de las tres alternativas para iniciar una consulta popular, podía utilizar dos.

Indicó que podría impulsar el proceso mediante iniciativa ciudadana, para lo cual se requiere recolectar las firmas del 5% del total del padrón electoral: unas 178.540 personas.

La otra alternativa que mencionó es la que permite al Poder Ejecutivo convocar al referendo, pero con el apoyo de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de la Asamblea Legislativa. Esto significa que requiera el voto afirmativo de 29 legisladores.

Descartó que la convocatoria se produzca por iniciativa de los diputados, para lo cual se necesita una aprobación de las dos terceras partes del Congreso, lo que es igual a 38 votos.

La recolección de las firmas debe llevarse a cabo de manera rigurosa. Por ejemplo, el TSE debe fijar los lugares donde se deben recolectar las rúbricas y debe acreditar a las personas responsables de custodiar los formularios.

Asimismo, las rúbricas son posteriormente sometidas a escrutinio, para lo cual el TSE cuenta hasta con 30 días hábiles para efectuar el proceso. Si algunas no son verificables, el ente electoral otorgará un plazo de 15 días hábiles para que sean nuevamente aportadas o sustituidas.

Si superada esta etapa se determina que no es posible corroborar la autenticidad del 15% del total de las rúbricas necesarias, se declara la invalidez de la iniciativa.

De prosperar la propuesta de Chaves de convocar a un referéndum, el Poder Ejecutivo tiene una prohibición legal para financiar campañas a favor o en contra de los proyectos sometidos a consulta.

Esta limitante cubre a las entidades autónomas, las semiautónomas, las empresas del Estado y los demás órganos públicos.

Tampoco es posible usar dinero procedente del exterior donado por entidades privadas o públicas.

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