¿Qué es y cómo se tramita la residencia por arraigo?


La intención es dar una “salida legal” para aquellos cuyas solicitudes de refugio son rechazadas y que, por su país de origen, necesitan visa para ingresar a Uruguay. De esa manera, permanecen en el país sin una figura legal que les permita resolver la situación.

Este viernes, Soledad Sánchez, coordinadora de la Dirección Nacional de Migración, explicó los alcances de la resolución y dijo que “las personas que pueden aplicar al decreto ya se tienen que encontrar, a la fecha de publicación, en el territorio uruguayo y tienen que tener una permanencia mínima de 180 días con un plazo de un año para poder aplicar, que es el plazo que se prevé de duración de este programa”.

El trámite se inicia en la Dirección Nacional de Migración y se comunicará próximamente las vías para agendarse. Se estima que esta normativa abarcará a 20.000 migrantes.

Sánchez señaló que, “en el caso de la residencia por arraigo familiar y residencia laboral, se otorga una residencia permanente que implica que, al momento de inicio de esa residencia, se otorgue una cédula provisoria como residente en trámite y luego ya como residente permanente”.

Por otro lado, “la residencia por formación o por estudio, como es temporal, se otorga una residencia temporaria por un año, que se va a poder renovar o prorrogar por el tiempo que dure la actividad que da origen a la solicitud”, indicó la funcionaria.

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