El Supremo no amnistía la malversación del ‘procés’ y mantiene la orden de detención contra Puigdemont



El Tribunal Supremo ha determinado que la malversación en la financiación del referéndum del 1-O no es un delito amnistiable. Así, rechaza archivar la investigación contra Carles Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig, sobre los que ha decidido mantener las órdenes de detención. El tribunal descarta igualmente borrar los antecedentes penales de los condenados por el procés y tampoco anulará las condenas de inhabilitación que pesan sobre Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa.

Estas decisiones se recogen en dos autos: uno de ellos lo firma el instructor Pablo Llarena y el otro es obra del tribunal de la Sala de lo Penal que juzgó el procés. Esta Sala ha acordado promover “una cuestión de inconstitucionalidad respecto del delito de desobediencia“, por el que se condenó a Junqueras, Romeva, Turull y Bassa. 

El auto cuenta con un voto particular de la magistrada Ana Ferrer, que discrepa con la exclusión de la malversación en la amnistía y propone plantear una cuestión prejudicial para que el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) analice el encaje de la norma en el Derecho europeo. Se trata de la primera división de la historia del tribunal que juzgó el procés. 

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