Editorial: Crimen ambiental organizado | La Nación


Alejandro Alpízar, de la Fiscalía Adjunta Ambiental, lamenta la imposibilidad de investigar los delitos de su especialidad con las reglas establecidas para el crimen organizado. En el lamento hay implícita una propuesta merecedora de consideración. Los delitos ambientales más dañinos, como la tala ilegal, el trasiego masivo de fauna silvestre y, en tiempos recientes, el cambio ilícito de uso de suelos para dejarlos desprotegidos, requieren del concurso de varios participantes, coordinados para violar la ley.

Las autoridades no pueden ampliar los plazos del proceso penal para facilitar la investigación de casos complejos y tampoco ejecutar escuchas telefónicas, como sí se les permite hacerlo cuando se trata de narcotráfico o lavado de divisas. La Ley contra la Delincuencia Organizada requiere la asociación prolongada de más de dos personas para cometer delitos graves, castigados con prisión de cuatro años o más, pero las penas por delitos ambientales no superan los tres años. Ese límite también permite aplicar al condenado el beneficio de ejecución condicional de la pena.

La participación de organizaciones criminales en delitos ambientales no admite discusión y muchas veces las actividades trascienden nuestras fronteras para convertirse en delincuencia internacional organizada. El fenómeno es frecuente en el tráfico de vida silvestre, una actividad donde al daño ecológico se le suma, con demasiada frecuencia, la crueldad extrema contra los animales.

Para ampliar las posibilidades de enfrentar el crimen organizado en este ámbito, la Fiscalía debe renunciar al protagonismo del delito ambiental y transformar el caso en una investigación de asociación ilícita o legitimación de capitales, pero armar una acusación de esa manera exige pruebas de naturaleza muy distinta, y los seis fiscales especializados tienen las manos llenas con los complejos casos a su cargo en todo el territorio nacional.

Si el legislador no considera prudente elevar las penas de los delitos ambientales más graves para poder calificarlos como crimen organizado cuando se den los demás supuestos, al menos podría crear la posibilidad de investigarlos con las ventajas de la Ley contra la Delincuencia Organizada, no obstante el límite de la pena.

Las maquinaciones requeridas para cambiar fraudulentamente el uso de suelos de cientos de hectáreas o enviar al extranjero especies atrapadas en el país rara vez ocurren como emprendimientos individuales. No es lo mismo acusar y juzgar a un individuo por derribar un árbol que enfrentar a una organización dedicada a la explotación ilícita de madera, a veces con la complicación adicional de disimular el delito mediante un cambio ilegítimo de uso de los suelos.

Tampoco son comparables los esfuerzos de investigación necesarios en uno u otro caso. Por eso la Fiscalía Adjunta Ambiental insistió en la creación de la Sección Especializada contra los Delitos Medioambientales del Organismo de Investigación Judicial (OIJ). La unidad policial, establecida en el 2022, no siempre cuenta, por todo lo dicho, con medios de investigación equiparables al valor de los bienes que justificaron su creación.

La fiscalía especializada y el cuerpo policial creado para darle asistencia, pese a las limitaciones de personal y equipo, demuestran conciencia de la importancia de combatir el delito ambiental. Todavía más importante es enfrentarlo en sus modalidades complejas. Las denuncias de delitos ambientales aumentaron de 1.144 a 2.362 entre el 2014 y el 2023, pero no todos los casos son denunciados y la actividad ilícita abunda en regiones remotas, como las zonas más inaccesibles de Corcovado.

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