En la Asamblea Nacional del 2025 se necesitarán más votos para aprobar leyes o destituir al presidente de la República | Política | Noticias



Con el incremento de los asambleístas para el próximo periodo (2025-2029) habrá también ajustes en la totalidad de los votos necesarios para tomar decisiones legislativas.

En la Constitución y en la Ley Orgánica de la Función Legislativa se indica que la Asamblea Nacional tendrá legisladores nacionales, provinciales y del exterior.

Los nacionales y del exterior son fijos: 15 y 6, respectivamente; y cada provincia tendrá dos asambleístas fijos, y uno más por cada 200.000 habitantes o fracción que supere los 150.000, de acuerdo al último censo de población del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).

Con base en el censo del 2010, actualmente hay 137 legisladores: 15 nacionales, 116 provinciales y 6 del exterior. Pero en el realizado entre el 2021 y el 2022 se determinó un incremento poblacional que derivó en un aumento de 14 legisladores provinciales. Es decir que en los próximos comicios se elegirán 151.

Esto generará cambios en el cálculo de los votos de las mayorías que se necesitan para aprobar leyes, tratados internacionales, resoluciones o acuerdos, así como censuras y destituciones en juicios políticos a autoridades o ministros, o la destitución del primer mandatario, según la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

Una mayoría absoluta se forma con la mitad más uno de los integrantes de la Asamblea. Ahora son 70 (la mitad de 137 son 68,5, que se redondea a 69 sumado más uno), pero en el 2025 serán 77 (la mitad de 151 es 75,5, que se redondea a 76 más uno).

En tanto que una mayoría calificada se arma con las dos terceras partes de la Asamblea. Ahora son 92 (el total de 137 multiplicado por 0,666 más uno), pero en el 2025 serán 101 (151 multiplicado por 0,666 más uno).

La mayoría simple se forma con la mitad más uno de los presentes en el pleno, que para instalarse necesita —a su vez— al menos la mayoría absoluta (ahora 70; en el 2025, 77). O sea que pasará de mínimo 36 a mínimo 40.

Así, para aprobar leyes orgánicas, ordinarias o urgentes, o tratados internacionales, ya no se necesitarán 70 votos sino 77; y para destituir al jefe de Estado, aprobar el ingreso de semillas transgénicas o conceder indultos, se pasará de 92 a 101 voluntades, por citar algunos ejemplos.

Cambios en votos necesarios para armar mayorías

Actividad legislativa Tipo de mayoría Votos necesarios en el actual periodo Votos necesarios en el periodo 2025-2029
Designar a los integrantes del Consejo de Administración Legislativa (CAL) y de las comisiones legislativas permanentes Absoluta 70 77
Creación de comisiones ocasionales Absoluta 70 77
Aprobación de leyes orgánicas, ordinarias y urgentes Absoluta 70 77
Aprobación de proyectos de reforma constitucional Absoluta 70 77
Censurar y destituir en un juicio político a los funcionarios previstos en el artículo 131 de la Constitución de la República: procurador general del Estado, contralor general del Estado, fiscal general del Estado, defensor del Pueblo, defensor público general, principales de superintendencias, así como miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social Absoluta 70 77
Ratificación o denuncia de los instrumentos o tratados internacionales Absoluta 70 77
Autorizar el enjuiciamiento penal del presidente o vicepresidente de la República cuando la autoridad competente lo solicite Calificada 92 101
Aprobación de la moción de censura al presidente o vicepresidente de la República Calificada 92 101
Censurar y destituir en un juicio político a los ministros de Estado, secretarios nacionales y demás funcionarios que ejerzan funciones de rectoría, y los miembros de la Función Electoral y del Consejo de la Judicatura Calificada 92 101
Remoción de los miembros de la Junta de Política y Regulación Financiera o de la Junta de Política y Regulación Monetaria Calificada 92 101
Conceder indultos y amnistías Calificada 92 101
Aprobar proyectos de enmienda constitucional Calificada 92 101
Aprobar la introducción de semillas y cultivos genéticamente modificados y la declaratoria de interés nacional de áreas protegidas y en zonas declaradas intangibles, incluida la explotación forestal Calificada 92 101
Aprobación de resoluciones y acuerdos Simple La mitad más uno de los asistentes al pleno (son mínimo 36) La mitad más uno de los asistentes al pleno (son mínimo 40)
Fuente: Asamblea Nacional

El exasambleísta Juan Fernando Flores advierte que, con este número de legisladores, será más difícil para las bancadas lograr acuerdos, así que tendrían que tratar de captar más escaños y hacer alianzas políticas.

En cambio, Héctor Muñoz, también exlegislador, indica que, estadísticamente, el incremento de legisladores hace que las agrupaciones políticas (sean las más votadas o las de minorías) tengan, a su vez, más opciones de conseguir espacios de representación. Entonces, la dinámica de negociaciones debería ser la misma: tratar de llegar a consensos, incluso con el Ejecutivo cuando se traten sus vetos. “Si se necesitan más esfuerzos para llegar a estas mayorías, eso es sano, es la democracia”, reflexiona.

Flores cree que estos ajustes hacen necesaria una reforma a la Ley de la Función Legislativa en lo que se refiere a la integración de las quince comisiones permanentes para que no haya problemas en las votaciones.

El artículo 27 dice: “Todas las comisiones especializadas permanentes estarán integradas por un mismo número de asambleístas. El número de asambleístas que integrarán cada comisión especializada permanente se obtendrá del resultado de la división del número total de asambleístas para el número total de comisiones especializadas permanentes. Cuando del resultado de la operación no se obtenga un número entero, el número de asambleístas restantes integrarán las comisiones especializadas permanentes de conformidad con el orden establecido en el artículo 21″.

Actualmente, con 137 legisladores, hay nueve delegados en cada comisión (salvo en dos que hay diez), o sea, es un número impar y la mayoría se arma con cinco. Pero al subir a 151, cada comisión tendría diez integrantes (salvo una que tendría once) y podrían darse votaciones apretadas con cinco y cinco de lado y lado, o sea, que queden empatados.

Pero Muñoz opina que no hace falta reformar la normativa. Aunque lo ideal es que las comisiones especializadas estén integradas por un número impar de legisladores, si hay esos empates, siempre estará el voto dirimente de su presidente. (I)

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *