Trump podría ir a la cárcel… y aun así ser presidente | Elecciones USA



Juan Merchan, el juez del caso Stormy Daniels, leerá el 11 de julio la sentencia que piensa imponer a Donald Trump por los 34 delitos electorales de los que fue hallado este jueves culpable por un jurado en Nueva York en relación con el pago en negro a una actriz porno en las inmediaciones de las elecciones que en 2016 lo llevaron a la Casa Blanca. En otra concatenación de eventos sin precedentes en la historia estadounidense, cuatro días después, el 15 de julio, comenzará la Convención Nacional Republicana en Milwaukee en la que, con toda seguridad, Trump será designado oficialmente como el candidato del partido conservador.

Nunca antes un expresidente estadounidense se había enfrentado a un caso penal, mucho menos a cuatro, ni había sido declarado culpable, de momento, en en el primero de ellos. Tampoco nunca un aspirante a las elecciones (previstas para el cinco de noviembre) había pasado por semejante trance. Así que entre las muchas preguntas que surgen tras un veredicto histórico destaca una entre el resto: ¿obstaculizará esa sentencia de algún modo el camino que Trump espera que lo lleve de regreso a la Casa Blanca por un segundo mandato?

La respuesta corta es: no. Salvo si las noticias negativas sobre sus líos legales influyen en el ánimo de los votantes (y, según las últimas encuestas, eso parece poco probable), la Constitución estadounidense no solo no impide a Trump aspirar al cargo; tampoco contempla la prohibición de ser presidente a un condenado por la justicia federal, ni siquiera si ya está en la cárcel, salvo si ha acabado en prisión por un delito muy concreto: el de insurrección. Y eso, pese a que podría debatirse en abstracto si su papel en el asalto al Capitolio del 6 de enero de 2021 entra en esa definición, también está descartado: en los cuatro casos abiertos contra él, el expresidente se enfrenta a 91 cargos, y ninguno de ellos es el de insurrección.

Trump también está blindado por una reciente sentencia del Tribunal Supremo, que consideró inapropiados los intentos de algunos de Estados, con Colorado a la cabeza, de sacarlo de las papeletas en función de la sección tercera de la decimocuarta enmienda de la Constitución. Se trata de una adenda al texto fundamental aprobada en 1868, tres años después del fin de la Guerra de Secesión (1861-1865). Sirvió para otorgar plenos derechos a las personas esclavizadas y para colocar un dique de contención que evitara que los sublevados confederados pudieran volver a ejercer un cargo público y dinamitar el sistema desde dentro.

La condena a la cárcel de Trump, que muchos expertos ven poco probable, podría tener consecuencias en aquellos Estados que prohíben a los sentenciados por un delito penal a votar. No es el caso e Florida, donde el magnate tiene fijada su residencia en Mar-a-Lago, su mansión de Palm Beach. La ley de ese Estado deriva a la normativa que rija en el lugar en el que fue condenado, Nueva York, en este caso, donde no se prohíbe a los reos ejercer sus derechos electorales.

Otra consecuencia insospechada de un envío a prisión de Trump es que le acompañarían a la cárcel los miembros del Servicio Secreto designados para su protección. La ley estadounidense les obliga a hacerlo con un expresidente 24 horas al día, siete días a la semana, independientemente de dónde se encuentre.

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Para encontrar algún precedente a lo sucedido este jueves con Trump y a las opciones que se abren ante él de camino a la Casa Blanca hay que remontarse más de un siglo, hasta el oscuro caso de un candidato llamado Eugene Debs. Hizo en 1920 su campaña desde la prisión, como líder del Partido Socialista de América mientras cumplía una pena por violar la Ley de Espionaje de 1917 por pronunciar discursos críticos con el papel de Estados Unidos en la I Guerra Mundial. No llegó a la Casa Blanca; aquella vez arrasó el republicano Warren Harding.

En España, la Ley Orgánica de Régimen Electoral General impide a cualquier condenado por sentencia firme presentarse a las elecciones o acceder al cargo al que se presente. Tampoco pueden hacerlo los que hayan sido sentenciados, aunque la resolución no sea firme, a delitos de rebelión, de terrorismo, contra la Administración Pública o contra las instituciones del Estado en caso de que la condena establezca la pena de inhabilitación para el ejercicio del sufragio pasivo (ser elegido) la de inhabilitación absoluta o especial o la de suspensión para el empleo o cargo público.

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