En lugar de despedir, hay que hacer adaptaciones
Que un trabajador adquiera, por una discapacidad sobrevenida, una incapacidad permanente que le impida realizar las tareas para las que fue contratado no es motivo suficiente para despedirlo, según la reforma del Estatuto de los trabajadores. Si el trabajador lo desea, en lugar abandonar su puesto de trabajo, podrá pedir que su empresa haga “una adaptación del puesto de trabajo razonable, necesaria y adecuada”. Es decir, que la empresa, de manera unilateral, no puede decidir despedir al trabajador por esta causa.
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