Editorial: Prohibición de los vapeadores


El Ministerio de Salud emitió el martes una resolución para prohibir la importación, uso, venta y comercialización de productos con nicotina sintética. La buena intención es frenar los efectos del vapeo sobre la salud, en especial la de los menores de edad. Los vapeadores son un lobo con piel de oveja. Se presentan como una alternativa al cigarrillo tradicional, pero la evidencia del daño, especialmente en las vías respiratorias, ya no tiene discusión. Tampoco contribuyen a liberar a los adictos al consumo de tabaco.

Los efectos son doblemente perniciosos si se considera la popularidad del producto entre los jóvenes. Según las autoridades de Salud, en Costa Rica se comercializan dispositivos con cantidades superiores a los límites establecidos por organismos reguladores europeos. La nicotina es el componente adictivo y su presencia excesiva es motivo de especial preocupación. Los fabricantes presentan su producto con sabor a frutas y otras sustancias agradables.

La nicotina sintética no se deriva de la planta del tabaco. Es desarrollada por completo en el laboratorio mediante procesos químicos y enzimáticos. Sus comercializadores le atribuyen cualidades menos dañinas que las del producto natural, pero no hay estudios para demostrarlo. En cambio, el efecto adictivo expone al consumidor a los daños conocidos del vapeo.

La Nación informó en la edición del 18 de abril de un aumento exponencial de los trastornos relacionados con el vapeo en los últimos dos años, según datos de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). Durante el 2021, hubo 13 casos conocidos de enfermedades relacionadas con el uso de dispositivos electrónicos de vapeo. En el 2022, el número aumentó a 78 y en el 2023 se elevó a 1.456.

El país será mejor si se libra de estos artefactos y de la publicidad promotora de su consumo. Por eso, ojalá el decreto logre sus fines y resista los cuestionamientos legales que podrían plantearse contra la prohibición administrativa de la comercialización de un producto legal, tanto como el nefasto tabaco.

En los Estados Unidos, por ejemplo, la nicotina sintética se vende con restricciones similares a las aplicadas al tabaco. Los compradores deben ser mayores de 21 años, no se le puede promover como alternativa saludable al fumado y debe contar con autorización de la agencia gubernamental responsable de la regulación de alimentos y medicamentos (Food and Drug Administration).

Un fuerte argumento a favor de la regulación es el contenido excesivo de nicotina sintética en los productos comercializados en el país. Para eso se cuenta con puntos de referencia del extranjero y, en particular, de Europa, según dijo la ministra de Salud, Mary Munive.

Ojalá el Ministerio encuentre en ese argumento razones para ser consistente en la regulación de otros productos. Cuando decidió prohibir el etiquetado frontal para advertir a los consumidores del exceso de grasas, sodio, azúcar y calorías en los alimentos, Salud alegó la ausencia de “parámetros específicos” en la reglamentación nacional y centroamericana para determinar si un alimento tiene “alto” contenido o “exceso” de algún nutriente.

En consecuencia, “algunos productos importados ingresan con un etiquetado frontal de advertencia nutricional, basado en regulaciones aprobadas en los países donde fueron fabricados y no en la normativa costarricense”. Eso, precisamente, es lo que en buena hora quieren hacer valer las autoridades en el caso del vapeo. No estaría de más estudiar la posibilidad de normar la materia mediante una ley.

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